martes, 9 de marzo de 2010

CONVOCATORIA PERSONAL INTERINO CUERPO DE MÉDICOS FORENSES


        


Resolución de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Castilla-La Mancha, de 5 de marzo de 2010, por la que se convoca la bolsa de trabajo de personal interino del Cuerpo de Médicos Forenses.

Estimados compañero/as:

En aplicación de lo previsto en los artículos 3.2 y 4 de la Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio, sobre selección,
propuesta y nombramiento de funcionarios interinos para cubrir puestos de funcionarios de los Cuerpos al
servicio de la Administración de Justicia (BOE 16-VII-2005), la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en
Castilla-La Mancha acuerda la convocatoria de la bolsa de trabajo de personal interino del Cuerpo de Médicos Forenses con arreglo a las siguientes

B A S E S

1ª. Bolsa de trabajo.
1. Se constituirá una bolsa de trabajo regional para el Cuerpo de Médicos Forenses, pudiendo elegir los
interesados figurar en una o varias provincias.
2. Los aspirantes deberán indicar en la solicitud las provincias en las que están interesados prestar sus
servicios, entendiéndose que en el caso de no ejercitar esta opción se solicita todo el ámbito regional.
3. Esta bolsa estará integrada por 20 plazas, sin contar a los funcionarios interinos en activo en el momento de su publicación. Se reservará el 5% para personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
4. Se constituirá un cupo de reserva formado por los aspirantes que no hayan obtenido plaza en la bolsa.
5. Esta convocatoria se expondrá en el tablón de anuncios de la Gerencia Territorial (C/ Dionisio Guardiola, 44
– ALBACETE) y se enviará con este fin a las sedes del Instituto de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y
Guadalajara y del Instituto de Medicina Legal de Ciudad Real y Toledo, Delegación y Subdelegaciones del
Gobierno, Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y página web del Ministerio de
Justicia.
2ª. Condiciones de los candidatos.
1. Los candidatos a ser incluidos en las bolsas de trabajo deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo
de presentación de instancias, las condiciones siguientes:
a. Ser españoles, mayores de edad, menores de sesenta y cinco años, y encontrarse en el pleno ejercicio de
sus derechos civiles.
b. Poseer el título de Licenciado en Medicina.
c. No haber sido condenados, ni estar procesados, ni inculpados por delito doloso, a menos que se haya
dictado en la causa auto de sobreseimiento.
d. No estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e. No haber sido separados o suspendidos, en vía disciplinaria o mediante procedimiento judicial firme, del
servicio de una administración pública, salvo que hayan sido rehabilitados.
f. No tener causa de incompatibilidad genérica según la Ley 53/84 para el ejercicio de la función pública, ni
causa de incompatibilidad específica según la Ley Orgánica del Poder Judicial.
g. No haber sido sancionados por falta muy grave, en los tres últimos años.
h. No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o cualquier otra circunstancia que los
incapacite para el puesto de trabajo.
i. Haberse presentado al primer ejercicio de las pruebas selectivas al Cuerpo de Médicos Forenses de
cualquiera de las dos últimas convocatorias de oposiciones. Esta circunstancia deberá ser indicada en la
solicitud y no requerirá en principio documentación justificativa.
Convocatorias oposiciones Médicos Forenses
Orden JUS/2979/2006, de 15 de septiembre (BOE de 29 de septiembre)
Orden JUS/3368/2008, de 11 de noviembre (BOE de 24 de noviembre)
3ª. Presentación de solicitudes.
1. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar el modelo de instancia que se
acompaña como anexo I a esta resolución, quedando vinculados a los datos que hayan hecho constar en
la misma, a la que acompañarán la siguiente documentación:
a. Fotocopia del D.N.I.
b. Fotocopia del título de Licenciado en Medicina.
c. Documentación acreditativa de los méritos a que se refiere la base 4ª.
d. Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100
deberán aportar la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía. Además, deberán adjuntar un
informe del órgano competente en la materia en el que deberá constar que están en condiciones de
cumplir las tareas fundamentales del Cuerpo de Médicos Forenses y las adaptaciones necesarias de dichos
puestos.
2. Las solicitudes se presentarán en el registro de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Castilla-La
Mancha (C/ Dionisio Guardiola, 44 bis, 02071-ALBACETE), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. No se admitirán las instancias presentadas por fax o correo electrónico.
3. El plazo de presentación de solicitudes será del 10 al 29 de marzo de 2010, ambos incluidos.
4. Una vez constituida esta bolsa y durante toda su vigencia, se admitirán las instancias que se presenten y
cumplan los requisitos establecidos en esta resolución, incorporándose los interesados al cupo de reserva por orden cronológico de registro de entrada de su solicitud.
4ª. Valoración de los méritos y ordenación de los aspirantes.
1. La valoración de los méritos se regirá por el siguiente baremo:
a. Por el concepto de experiencia, hasta un máximo de 18 puntos, con la siguiente valoración:
- 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados como Médico Forense interino. Los méritos por
experiencia de los funcionarios interinos que estén trabajando durante el plazo de presentación de instancias se computarán hasta la fecha de finalización de dicho plazo.
En principio, no es necesario acreditar documentalmente los servicios prestados en Castilla-La Mancha, pero
deben hacerse constar en la instancia, especificando el centro de trabajo y los períodos de tiempo en que
tuvieron lugar. La Gerencia baremará con arreglo a la documentación de que disponga en los expedientes
personales.
Para acreditar los servicios prestados en otro ámbito territorial, se deberá aportar el certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente en materia de personal, especificando los períodos de tiempo
en que tuvieron lugar.
b. Por ejercicios superados en las dos últimas oposiciones al Cuerpo de Médicos Forenses, hasta un máximo
de 14 puntos, con la siguiente valoración:
- Los aspirantes que hayan aprobado todos los ejercicios de alguna de las dos últimas oposiciones y no hayan
obtenido plaza, 14 puntos. Los ejercicios valorados conforme a este criterio no podrán ser objeto de nueva
valoración conforme al criterio siguiente.
- Por cada ejercicio superado en alguna de las dos últimas oposiciones celebradas para el acceso al Cuerpo
al que se aspira a formar parte como funcionario interino, 5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
No es necesario acreditar documentalmente el haber superado algún ejercicio de las dos últimas
oposiciones celebradas, si bien dicha circunstancia debe ser alegada en la solicitud.
c. Por titulaciones, que se acreditarán mediante fotocopia del título o certificación académica:
- Especialidad en Psiquiatría, Traumatología, Anatomía Patológica o Medicina del Trabajo: 5 puntos por cada
una.
- Especialidad en Medicina Legal y Forense: 8 puntos.
d. Por cursos relacionados con ciencias experimentales y de la salud, hasta un máximo de 2 puntos, según el
siguiente baremo:
- de más 100 horas lectivas: 1 punto.
- de 60 a 100 horas lectivas: 0,50 puntos.
- de 40 a 59 horas lectivas: 0,25 puntos.
- de 15 a 39 horas lectivas: 0,15 puntos.
- inferiores a 15 horas lectivas o en los que no se acredite las horas de duración: 0,10 puntos.
2. En caso de igualdad en la puntuación, se desempatará atendiendo en primer lugar a la puntuación
obtenida en el punto 1.a de esta base; si persistiera el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en
cada uno de los siguientes puntos, continuando el orden sucesivo. De continuar el empate, se atenderá a la
letra de comienzo del primer apellido, empezando por la letra “J”, de conformidad con lo previsto en la
resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública. Las preposiciones y
artículos que formen parte del primer apellido no se tendrán en cuenta para el orden alfabético, y se
escribirán detrás del nombre pospuesto.
5ª. Aprobación de la bolsa de trabajo.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia Territorial procederá a la baremación de los
méritos, y a la publicación de la bolsa provisional de los seleccionados debidamente ordenados, figurando
en esta lista el nombre, apellidos, número de Documento Nacional de Identidad, número de orden y
puntuación obtenida por cada uno de los conceptos objeto de baremación, así como la puntuación total.
Se publicará también la lista de participantes provisionalmente excluidos, en la que constará de forma
sucinta los motivos de exclusión provisional.
2. En el plazo que establezca la resolución que acuerde la publicación de la lista provisional, los interesados
podrán subsanar la falta de los documentos preceptivos. En el mismo plazo, podrán presentar reclamaciones
sobre la valoración de méritos. Las reclamaciones no podrán comportar la invocación ni acreditación de
otros méritos distintos a los alegados en la solicitud, ni se tendrán en cuenta los documentos presentados en
este plazo que supongan ampliación de méritos.
3. Examinadas y resueltas las reclamaciones presentadas, la Gerencia Territorial acordará la publicación de la
relación definitiva de seleccionados.
6ª. Legislación aplicable.
1. Para las cuestiones no reguladas específicamente en esta convocatoria, se estará a lo que disponga la
Orden JUS/2296/2005, de 12 de julio (BOE 16 de julio) y la resolución de la Gerencia Territorial del Ministerio de
Justicia en Castilla-La Mancha, de 5 de marzo de 2010, por la que se convocan bolsas de trabajo de personal
interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio
Judicial, así como la normativa que sea de aplicación.
7ª. Recursos.
1. Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso de acuerdo con lo previsto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.







SEGUIREMOS INFORMANDO …..



TFNO: 949 25 33 04    FAX: 949 22 82 61
PLAZA PABLO IGLESIAS 2-2º 19001 GUADALAJARA
PAGINA WEB: http://castillalamancha.fspugt.es

1 comentario:

oposiciones dijo...

Muy buen aporte. Considero que opositar en busca de empleo público es la única manera de encontrar solución al desempleo y a la crisis económica reinante. Por este motivo, es conveniente estudiar y presentarse a rendir los exámenes con el objetivo de obtener una labor con infinitos beneficios económicos y sociales.